Visto: la solicitud de la firma RIOGAS S.A. dedicada a la distribución
de gas licuado fabricado por ANCAP, tendiente a obtener al amparo del
Decreto Ley Nº 14.178 de Promoción Industrial, del 28 de marzo de 1974, la
declaración de Interés Nacional para la actividad que se propone realizar
según su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales;
Resultando: I) el proyecto presentado se refiere a la ampliación de su
Planta de almacenamiento y envasado de gas licuado (GLP), así como al
desarrollo de nuevos productos y nuevos mercados;
II) la Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto presentado
por RIOGAS S.A. y propone medidas promocionales;
Considerando: que el proyecto presentado por la firma RIOGAS S.A. es
viable técnica, financiera y económicamente y encuadra en los lineamientos
promocionales del Decreto Ley Nº 14.178 del 28 de marzo de 1974;
Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial, lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria, Energía y Minería, y lo establecido por el Decreto Ley Nº
14.178 de Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974;
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por RIOGAS S.A. dedicada a la distribución de gas licuado, para
la ampliación de su planta actual de almacenamiento y envasado,
reconversión de los actuales equipos de mantenimiento y control de envases
y válvulas, así como adecuación de la red de comercialización y
distribución del producto, en todo el país.
LACALLE HERRERA - MIGUEL ANGEL GALAN - SERGIO ABREU - GUSTAVO LICANDRO