TRANSFERENCIA DE AFILIADOS DE COOPERATIVA CENTRAL MEDICA AL CIRCULO CATOLICOS DE OBREROS DEL URUGUAY




Promulgación: 07/12/2002
Publicación: 18/12/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1603

2

 Declárase que dichos afiliados gozarán de todos los derechos de 
cobertura asistencial en la Institución de Asistencia Médica Colectiva 
"Circulo Católico de Obreros del Uruguay", sin perjuicio del derecho a la 
libre elección de su afiliación. 
Ayuda