Declárase a dicho proyecto y a la empresa titular, comprendidos en los
beneficios y facilidades de las leyes 13.833 del 29 de diciembre de 1969 y
14.178 del 28 de marzo de 1974 y respecto de esta última, el amparo
concedido lo será según los términos y condiciones estatuidos en el
decreto 210/978 de 12 de abril de 1978.