APROBACION DE PROYECTO DE INVERSION. ASTRA S.A.




Promulgación: 31/01/1979
Publicación: 21/02/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 163
Referencias a toda la norma
   Visto: la precedente gestión formulada por el Instituto Nacional de
Pesca (INAPE), a los fines que se indicarán.

   Resultando: la empresa Astra S.A. presentó ante el mencionado
Instituto, un proyecto de inversión, para la introducción al país, de
varios buques pesqueros nuevos combinados para arrastre y cerco y la
instalación de una planta procesadora  de pescado a localizarse en el área
industrial del Puerto de La Paloma, aprobado por resolución del COSENA de
26 de mayo de 1977.

   Considerando: I) La conveniencia de adjudicar cupos de captura por
empresa, discriminándolos por especies, y de dimensionar buques y plantas
a los aludidos cupos, de modo que los primeros puedan capturar y las
segundas procesar el tonelaje de materia prima involucrado;

II) Que de la evolución técnico-VXK realizada por INAPE, resulta la
factibilidad del proyecto presentado, su ajuste a las normas vigentes y de
los lineamientos de la política pesquera nacional trazada, lo que
determina la conveniencia de proceder a su aprobación;

III) Que la Unidad Asesora de Promoción Industrial, a los fines de la
aplicación en el caso de los beneficios de la ley 14.178 del 28 de marzo
de 1974, ha homologado la evaluación antecedente.

   Atento: a lo establecido en las leyes 13.833 del 29 de diciembre de
1969; 14.178 del 28 de marzo de 1974; 14.484 del 18 de diciembre de 1975;
decretos 711/971 del 28 de octubre de 1971 y 767/973 del 13 de setiembre
de 1973 y 210/978 del 12 de abril de 1978 y la opinión favorable del
Instituto Nacional de Pesca (INAPE), sobre el particular y la resolución
del COSENA de 30 de enero de 1979,

   El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

   Apruébase el proyecto de inversión presentado ante el Instituto
Nacional de Pesca (INAPE), por la empresa Astra S.A., para la introducción
al país, de 10 (diez) barcos pesqueros nuevos combinados, con puerto base
en La Paloma e instalación de una planta procesadora de pescado a
localizarse en el área industrial del puerto referenciado, a cuyos efectos
se adjudica a la misma, un cupo de captura de hasta 20.000 toneladas/año
de merluza (Merluccius merluccius hubbsi) y otras especies demersales; y
de hasta 30.000 toneladas/año de anchoíta (Engraulis anchoita) y otras
especies pelágicas.
Referencias al numeral

2

   Los 10 (diez) barcos a incorporar, cuyas características serán acordes
con el Reglamento de Selección de Empresas Pesqueras la capacidad de
captura emergente y la capacidad de procesamiento de la planta, se
proporcionarán al cupo adjudicado.
Referencias al numeral

3

   Declárase a dicho proyecto y a la empresa titular, comprendidos en los
beneficios y facilidades de las leyes 13.833 del 29 de diciembre de 1969 y
14.178 del 28 de marzo de 1974 y respecto de esta última, el amparo
concedido lo será según los términos y condiciones estatuidos en el
decreto 210/978 de 12 de abril de 1978.

4

   Se tenderá al aprovechamiento integral de la anchoita, debiendo la
empresa involucrada, procesar para consumo humano directo, no menos del
10% de la captura efectiva de especies pelágicas.

5

   El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por intermedio de la
Dirección de Hidrografia, dispondrá lo conducente para la concesión de un
predio adecuado a la planta procesadora aprobada en el área industrial del
Puerto de La Paloma, el que será adjudicado a la empresa Astra S.A. en los
términos y condiciones que el mismo determine.

6

   Comuníquese, etc

APARICIO MENDEZ - JORGE LEON OTERO - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN
ARISMENDI - EDUARDO J. SAMPSON - LUIS H. MEYER
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