CAMBIO DE AFECTACION DE BIEN INMUEBLE DEL ESTADO. MONTEVIDEO




Promulgación: 02/03/2009
Publicación: 13/03/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 483
VISTO: estos antecedentes relacionados con las obras de la "Ruta Nº 102 -
Tramo: Ruta Nº 8 - Ruta Nº 5 (Colector Perimetral)".

RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, informa que a los efectos de la normal
ejecución de las obras de referencia, es necesario desafectar de su actual
destino afectándola a la mencionada Secretaría de Estado, una fracción de
terreno, perteneciente al Patrimonio del Estado, (Ministerio de Defensa
Nacional), Padrón Nº 91944 (p) rural, ubicada en la Sección Catastral
Montevideo Rural del mismo Departamento y cuya tasación asciende a la suma
de U.R. 247,5, por concepto de terreno y mejoras.

II) Que la Asesoría Técnica (Area Contable) de la referida Dirección
Nacional ha tomado la intervención previa de su competencia.

III) Que la Asesoría Técnica (Area Jurídica) de la ya mencionada Unidad
Ejecutora, expresa que no tiene observaciones que formular desde el punto
de vista legal a estas actuaciones.

CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia.

ATENTO: a lo establecido en el Art. 3º Inc. 2 y Art. 4º Numeral 1º de la
Ley de Expropiaciones Nº 3958 del 28 de marzo de 1912.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Desígnase para ser desafectada de su actual destino, afectándola al
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, una fracción de terreno,
perteneciente al Patrimonio del Estado (Ministerio de Defensa Nacional),
Padrón Nº 91944 (p) rural, ubicada en la Sección Catastral Montevideo
Rural del mismo Departamento destinada a las obras de la "Ruta Nº 2 -
Tramo: Ruta Nº 8 - Ruta Nº 5 (Colector Perimetral)", dicha fracción se
encuentra señalada con el Nº 2E en el plano de mensura del Ingeniero
Agrimensor José Calvo, de junio de 2007, registrado en la Dirección
Nacional de Catastro con el Nº 40260 el 20 de junio de 2007, tiene un área
de 5687 m², y sus deslindes son: por el Norte, tramo recto de 342m65
lindando con el Padrón Nº 186886 (fracciones 1 E y 1R' del mismo plano) y
Padrones Nos. 186885, 186884, 186883, 186880, 186879 y Camino Vecinal; por
el Este, tramo recto de 17m00; por el Sur, tramo recto de 326m86 y por el
Suroeste, tramo recto de 22m80 por estos 3 vientos lindando con el resto
del Padrón Nº 91944.

2

 Apruébase la tasación realizada por la Dirección Nacional de Topografía
la cual ascendió a U.R. 247,5, (Unidades Reajustables: doscientas cuarenta
y siete con cinco décimas), por concepto de terreno y mejoras.

3

 Autorízase la inversión de U.R. 247,5 (Unidades Reajustables: doscientas
cuarenta y siete con cinco décimas), más el 3% por imprevistos. Dichas
erogaciones se atenderán con cargo a los fondos establecidos por la Ley Nº
17.930 del 19 de diciembre de 2005 (vigente desde el 1º de enero de 2006)
Inciso 10 - Programa 006 - Proyecto 765.

4

 COMUNIQUESE y vuelva a la Dirección Nacional de Topografía para su toma
de razón.

TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI - JOSE BAYARDI
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