Autorízase a la empresa BONITUR S.A. a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3º inciso f. del Decreto Nº 175/003, exoneración
del Impuesto al Valor Agregado a las importaciones de bienes de activo
fijo destinados al equipamiento, cuyo listado obra anexo (*) a la
presente, por un monto imponible de hasta U$S 211.781 (dólares americanos
doscientos once mil setecientos ochenta y uno).