ELABORACION DE UN ANTEPROYECTO DE LEY SOBRE ACTUALIZACION DE LA GESTION DE RECURSOS HUMANOS EN EL ESTADO




Promulgación: 10/10/2001
Publicación: 19/10/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 936
   VISTO: la necesidad de los organismos del Estado de actualizar la gestión de los recursos humanos, a los efectos de satisfacer la exigencia de una Administración Pública moderna, eficiente y orientada al servicio de los ciudadanos.

   CONSIDERANDO: I) que la normativa vigente en materia de recursos humanos establece márgenes estrechos a la modernización en la gestión de los recursos humanos orientada al desempeño y a los resultados, lo que 
dificulta su relacionamiento con las necesidades y demandas de 
profesionalidad y los requerimientos de flexibilidad y de simplificación 
de los procesos públicos con una orientación hacia el ciudadano en 
general y los usuarios, y a los compromisos de profesionalización que el 
Estado asume con éstos;

   II) que a los efectos de alcanzar los objetivos señalados en el 
numeral precedente es necesario elaborar un Anteproyecto de Ley de actualización de la gestión de los recursos humanos, en un contexto de amplias consultas técnicas;

   III) que, en dicho Anteproyecto de Ley deberán tenerse presentes las 
necesidades de profesionalización del empleo público, la capacitación de 
los funcionarios, la adaptabilidad del personal, la eficiencia en la 
gestión y la simplificación de los procesos orientados a los usuarios, en 
forma consistente con la competitividad y el funcionamiento del mercado 
laboral, procurando la jerarquización y profesionalización de la función 
pública;

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en los 
artículos 22 y siguientes y 703 siguientes de la Ley No. 16.736 de 5 de enero de 1996;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

   Encomiéndase, al Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado (CEPRE), 
con el apoyo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), la 
elaboración de un Anteproyecto de Ley con la finalidad de actualizar la 
gestión de los recursos humanos en la Administración Central.

2

   La actualización de la gestión de los recursos humanos en la 
Administración Central, deberá:
(a)  orientarse hacia un proceso de mejora continua en el ejercicio de la
     función pública en relación al ciudadano en general y a los usuarios
     directos, y considerando su articulación con la gestión por
     resultados, así como la gestión eficiente de los recursos,
     identificando las áreas prioritarias y estableciendo metas para su
     implementación;
(b)  contemplar en las formas de actuación de la Administración Pública en
     esta área, la concentración de las funciones de planificación,
     coordinación, regulación y control en las instancias superiores de
     dirección de los Incisos, y la descentralización en materia de toma
     de decisiones operativas;
(c)  incluir la instrumentación de sistemas centrales de información sobre
     los recursos humanos para el conocimiento, evaluación y desarrollo de
     prácticas de personal en los distintos Incisos;
(d)  atender las necesidades y posibilidades de flexibilización de
     procedimientos y prácticas de personal, las que se articularán con la
     capacitación de los funcionarios públicos orientada a mejorar la
     eficacia y eficiencia de la actuación de la Administración, lo que
     será objeto de consideración expresa;
(e)  en el ámbito de las retribuciones de los funcionarios públicos de la
     Administración Central, propiciar una racionalización retributiva,
     sobre la base de información veraz y confiable, estableciendo etapas
     en su instrumentación y considerando su articulación con los
     objetivos de eficiencia en la gestión de los recursos y la gestión
     por resultados. Dicha racionalización no podrá generar costo
     presupuestal ni de caja por Programa del Presupuesto Nacional, así
     como no podrá significar modificación alguna en el total de las
     retribuciones de los funcionario por todo concepto y fuente de
     financiamiento.

3

   El Anteproyecto de Ley deberá contemplar necesariamente los siguientes 
aspectos:
(a)  los sistemas de acceso a la función pública en relación a la
     finalización del plazo de prohibición de ingreso de funcionarios a la
     Administración Central;
(b)  la adecuación de los perfiles de los funcionarios a los procesos en
     que deberán intervenir de forma de contribuir a la satisfacción de
     las necesidades de los usuarios y ciudadanos en general;
(c)  la consideración, además de los méritos y la educación formal, de
     otros conocimientos, habilidades y actitudes del postulante,
     definidos de acuerdo a las funciones, tanto en oportunidad del
     ingreso, como en el ascenso o en la asignación de tareas;
(d)  el desarrollo de sistemas de evaluación y seguimiento del desempeño
     de los funcionarios públicos.

4

   Publíquese en el Diario Oficial, comuníquese a la Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto a los efectos de su notificación al CEPRE y 
archívese.

BATLLE


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