AUTORIZACION PARA COMERCIALIZAR PRODUCTOS DE PESCA. ODANSIR S.A.




Promulgación: 14/01/2005
Publicación: 09/02/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 121

3

 El buque queda obligado a operar dentro del sector de las aguas que le
hubiere habilitado la Prefectura Nacional Naval, desde el puerto base de
operaciones de Montevideo, con las limitaciones aplicables de zonas de
operatividad y especies, de acuerdo a su categoría y a lo solicitado en
el respectivo proyecto de inversión y sus ampliaciones: "merluza negra",
"merluza de cola", "tiburones", "granadero" y "rayas" (hasta el 10% de la
captura total a desembarcar en cada viaje), mediante el empleo de
palangres de fondo, así como de: "atunes" y "tiburones pelágicos",
mediante el empleo de palangres pelágicos oceánicos. Asimismo autoriza la
captura de "langosta oceánica" y "merluza negra" mediante el empleo de
nasas.
Ayuda