AUTORIZACION DE LA PRORROGA SOLICITADA POR CHIHUAHUA CLUB S.A. PARA EL COMIENZO DE LAS OBRAS PORTUARIAS SEGUN CONTRATO DE CONCESION DE FECHA 8 DE MARZO 2013




Promulgación: 14/03/2016
Publicación: 29/03/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

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   PROYECTO EJECUTIVO
   Apruébase el Proyecto Ejecutivo de Obras presentado por la empresa en cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula quinta del Contrato de Concesión bajo las siguientes condiciones que deberá cumplir el Concesionario: a) 60 días antes de dar inicio a las obras portuarias, presentar ante la DNH del MTOP, a través del Órgano de Control, la Ingeniería de Detalle de las obras portuarias a construirse para su aprobación por parte del MTOP-DNH. Esta documentación deberá tener en cuenta las observaciones planteadas por el Órgano de Control de la DNH de fecha 19 de diciembre de 2014 incluidas en el expediente 201/10/4/0/654. b) Esta documentación deberá ser presentada en original y tres copias papel y copia en soporte magnético, en idioma español, y contar con el aval de un técnico de reconocida experiencia en obras similares con título profesional reconocido por la UDELAR. c) 30 días antes de dar inicio a las obras portuarias, informar a la DNH del MTOP la empresa que llevará adelante las obras portuarias así como el personal directamente responsable de las mismas, debiendo acreditar idoneidad y experiencia en obras portuarias similares. La DNH del MTOP podrá objetar la empresa o personal a cargo, en caso de considerar que no cumple con las condiciones imprescindibles para llevar adelante obras de esta envergadura.
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