HOMOLOGACION DEL ACUERDO ENTRE URUGUAY Y ARGENTINA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA COOPERACION EN MATERIA DE DEFENSA




Promulgación: 17/08/2010
Publicación: 02/09/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 630
VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de 1ro. de junio de 2010 (número
interno 88.094) por la cual se autorizó a suscribir un Acuerdo entre el
Ministerio de Defensa de la República Argentina y el Ministerio de Defensa
Nacional de la República Oriental del Uruguay, para el Fortalecimiento de
la Cooperación en materia de Defensa.

RESULTANDO: I) que con fecha 2 de junio de 2010, los Ministros de Defensa
Nacional de nuestro País y de Defensa de la República Argentina
suscribieron el mencionado Acuerdo.

II) que al momento de suscribir el referido documento, las autoridades
respectivas procedieron a realizar ajustes al texto del Acuerdo, entre
otros, ampliando lo dispuesto en el artículo 2 del mismo a efectos de
prever la posibilidad de invitar a otros Ministerios a participar en la
Comisión de Diálogo Bilateral.

CONSIDERANDO: que corresponde la homologación del Acuerdo suscripto entre
los citados Ministerios.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Homológase en todas sus partes el Acuerdo entre el Ministerio de Defensa
Nacional de la República Oriental del Uruguay y el Ministerio de Defensa
de la República Argentina para el Fortalecimiento de la Cooperación en
materia de Defensa de fecha 2 de junio de 2010, autorizado a suscribirse
por la Resolución del Poder Ejecutivo de 1ro. de junio de 2010 (número
interno 88.094), en los términos que luce de fojas 40 a 42 del expediente
administrativo del Ministerio de Defensa Nacional 2010.02643-4 que se
considera parte integrante de la presente Resolución. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

JOSE MUJICA - LUIS ROSADILLA - ROBERTO CONDE
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