INTERVENCION ADMINISTRATIVA DE ASOCIACION CIVIL. ASOCIACION URUGUAYA DE LUCHA CONTRA EL CANCER




Promulgación: 17/12/1996
Publicación: 03/01/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1270
Referencias a toda la norma
  Visto: que por resolución del Poder Ejecutivo de 19 de octubre de 1977
se dispuso la intervención de la "Asociación Uruguaya de Lucha Contra el
Cáncer", debido a la existencia de irregularidades comprobadas en dicha
Asociación;

  Resultando: I) que por resolución del Poder Ejecutivo de 27 de enero de
1987 se amplió la misma, complementándose con un representante del
Instituto de Oncología y otro de la Comisión de Apoyo de éste,
conformándose una Comisión Interventora, encontrándose ésta al presente
desintegrada por renuncia del representante mencionado en primer término;

II) que a los efectos de obtener una adecuada información contable y
administrativa de la referida Asociación, se hace necesario integrar la
Comisión Interventora con un profesional Contador;

  Considerando: I) que es de imperiosa necesidad resolver en forma
definitiva la anómala situación en que se halla la referida Asociación,
la que carece de socios y recibe solamente colaboraciones de carácter
eventual;

II) lo informado por la Asesoría Jurídico-Notarial del Ministerio de
Salud Pública y la Dirección de Cooperación Jurídica Internacional y de
Justicia del Ministerio de Educación y Cultura;

  Atento: a lo dispuesto por la ley Nº 9.202 de 12 de enero de 1934;

                    El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

   Déjase sin efecto lo dispuesto por las resoluciones del Poder Ejecutivo
de fechas 19 de octubre de 1977, 27 de enero de 1987, 12 de marzo de 1987
y 9 de octubre de 1996, referidas a la Asociación Uruguaya de Lucha Contra
el Cáncer.
Referencias al numeral

BATALLA - ALFREDO SOLARI - SAMUEL LICHTENSZTEJN
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