AUTORIZACION A ANP A HABILITAR SERVICIOS PORTUARIOS. CERRO FREE PORT S.A. PUERTO PUNTA DE SAYAGO - CESION DE DERECHOS PARA EXPLOTACION DE SERVICIOS PORTUARIOS. ATENIL S.A. CERRO FREE PORT S.A.
AUTORIZACION DE EXPLOTACION PORTUARIA
Autorízase a CERRO FREE PORT S.A. a efectuar la construcción, el
desarrollo, operación y mantenimiento de instalaciones y la prestación de
los servicios portuarios en el puerto Punta de Sayago, según lo indicado
en su propuesta.
La prestación de los servicios portuarios deberá ajustarse a lo dispuesto
por la ley Nº 16.246 y su decreto reglamentario Nº 412/92 y en especial a
los principios de eficiencia, continuidad, regularidad, igualdad y
obligatoriedad, en lo que resulten aplicables.
CERRO FREE PORT S.A. deberá desarrollar las instalaciones terrestres y
marítimas de modo tal que se maximice su aprovechamiento, asegurando
óptimas condiciones de operación, incluyendo en ello los aspectos
vinculados con la seguridad y el cuidado del medio ambiente.
La presente autorización es sin perjuicio de aquellas que correspondan a
otros organismos del Estado de acuerdo con la normativa vigente.