AUTORIZACION A ANP A HABILITAR SERVICIOS PORTUARIOS. CERRO FREE PORT S.A. PUERTO PUNTA DE SAYAGO - CESION DE DERECHOS PARA EXPLOTACION DE SERVICIOS PORTUARIOS. ATENIL S.A. CERRO FREE PORT S.A.
PROYECTO EJECUTIVO
El Concesionario deberá presentar al MTOP y ANP, a través del Organo de
Control, el Proyecto Ejecutivo de las obras a construirse dentro del
recinto portuario definido en el numeral 5º de la presente resolución y
en la Zona de Influencia del Puerto de Montevideo, en un plazo máximo de
doce (12) meses a partir de la notificación de la presente resolución.
Este Proyecto deberá incluir (en original, 3 copias y copia en soporte
magnético - planos en versión CAD-):
* Memoria Técnica, Memoria Descriptiva y Constructiva, incluyendo
cronograma de ejecución de obras y los planos de las obras portuarias
emplazadas tanto en el álveo como en tierra con sus respectivos
detalles.
* Normativa: se deberán indicar las especificaciones técnicas de uso
internacional que deban cumplir los materiales y los procesos
constructivos, así como referenciar el o los cuerpos Normativos en que
se basa el Proyecto.
* Plan de Mantenimiento de Obras e Instalaciones.
El MTOP con el asesoramiento de la ANP procederá al estudio del proyecto,
debiendo expedirse aprobando u observando, en un plazo máximo de 30 días
calendario desde su recepción. De no pronunciarse en dicho plazo, la
propuesta se tendrá por aprobada, de presentarse observaciones, el
concesionario dispondrá de un plazo de 30 días calendario para subsanar
dichas observaciones.
El estudio, se limitará a comprobar que se verifican los extremos de la
presente resolución y del contrato de concesión y que se aplican las
reglas del arte.
CERRO FREE PORT S.A. deberá realizar a su cargo las tareas de
mantenimiento y reparaciones necesarias para conservar las obras e
instalaciones en perfectas condiciones durante todo el plazo de la
Concesión, conforme al plan de mantenimiento del Proyecto.
En cualquier momento, el Organo de Control podrá solicitar de manera
fundada, información técnica complementaria sobre los proyectos
presentados, aún con posterioridad a su aprobación, y CERRO FREE PORT
S.A. estará obligada a presentarla.
La versión ejecutiva de cualquier proyecto de reforma o ampliación de
obras civiles deberá cumplir las mismas exigencias.