DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. SAN JOSE




Promulgación: 27/12/1984
Publicación: 04/09/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1509
    Visto: el planteamiento formulado por la Comisión del Patrimonio
Histórico, Artístico y Cultural de la Nación en el sentido de que sea
declarado Monumento Histórico el Teatro Bartolomé Macció de la ciudad de
San José.

    Considerando: que el referido inmueble, además de estar asociado a la
tradición cultural de nuestro país, reviste valores arquitectónicos que
justifican su conservación en carácter de Monumento Histórico.

    Atento: a lo dispuesto por los artículos 5º, 7º y 8º de la ley 14.040
de 20 de octubre de 1971,

    El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

   Declárase Monumento Histórico el Teatro Bartolomé Macció, ubicado en
las calles 18 de Julio y 25 de Mayo de la ciudad de San José, 1ª Sección
Judicial del Departamento, Padrón urbano Nº 644, Manzana 88.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 16/09/1985.

2

   Dicho inmueble quedará afectado por las siguientes servidumbres.

A) Prohibición de realizar cualquier modificación arquitectónica que
altere las líneas, el carácter o la finalidad del edificio.
B) Obligación de proveer a la conservación del inmueble y de efectuar las
reparaciones para ese fin;
C) Obligación de permitir las inspecciones que disponga la Comisión del
Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación a los fines de
comprobar el estado de conservación del bien.

3

   Comuníquese, al Registro General de Inhibiciones a la Sección
Reivindicaciones del mismo, a la Intendencia Municipal de San José, a la
Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación y
cumplido, archívese.

ALVAREZ - ARMANDO LOPEZ SCAVINO
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