La Dirección General de Aduanas y/o Dirección General de Correos, con
el permiso o expediente que se confeccione en base a la nota presentada
por el Ministerio de Educación y Cultura, iniciará y cancelará la
operación de despacho, libre de tramitación bancaria y exonerada de
recargos, gravámenes e impuestos a su importación, tasas y proventos
portuarios y postales.