APROBACION DEL CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL Y ASISTENCIA RECIPROCA ENTRE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA COMISION TECNICA MIXTA DE SALTO GRANDE




Promulgación: 12/03/2018
Publicación: 02/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el proyecto de Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional y Asistencia Recíproca a celebrarse entre la Presidencia de la República y la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande;

   RESULTANDO: que por la Ley N° 12.517 de 19 de agosto de 1958 se aprobó el Convenio celebrado con la República Argentina para el aprovechamiento de los rápidos del río Uruguay en la zona de Salto Grande, suscrito en Montevideo, el 30 de diciembre de 1946 y por el Decreto N° 1035/973 de 5 de diciembre de 1973, el Poder Ejecutivo aprobó el Acuerdo para su reglamentación;

   CONSIDERANDO: I) que el objeto del presente Convenio es formalizar la intención de las partes para desarrollar tareas de: a) fomento y colaboración con programas de asistencia social, en el área de la salud, la cultura y la educación, entre otros; b) intercambio recíproco de información técnica y científica en el marco de las competencias de los comparecientes; c) celebración de actividades de manera conjunta para la difusión y comprensión pública de asuntos que por su importancia redunden en beneficio de nuestras comunidades; d) ejecutar de manera conjunta programas para la preservación medioambiental, el desarrollo de la seguridad laboral, la promoción de emprendimientos que potencien las capacidades de nuestras poblaciones; así como cualquier actividad que propenda al beneficio mutuo y consolide la paz social;

   II) que se ha recabado la intervención previa del Tribunal de Cuentas;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional y Asistencia Recíproca a celebrarse entre la Presidencia de la República y la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande, que luce adjunto a la presente Resolución (*) y forma parte de la misma.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

   Se autoriza a suscribir el precitado convenio al señor Secretario de la Presidencia de la República Dr. Miguel A. Toma.

3

   Comuníquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - RODOLFO NIN NOVOA - PABLO FERRERI - MARÍA JULIA MUÑOZ - CAROLINA COSSE - ERNESTO MURRO - JORGE BASSO - ENEIDA de LEÓN - MARINA ARISMENDI
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