GASTOS DE ETIQUETA DE LOS FUNCIONARIOS DIPLOMATICOS




Promulgación: 17/12/1985
Publicación: 03/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1305

7

    Los demás conceptos no mencionados en el numeral 4 de la presente
resolución y que tampoco se encuentran comprendidos en el decreto 230/974,
serán atendidos con cargo a la partida de gastos de Representación, de la
cual no se rendirá cuenta.
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