Sustitúyense los numerales 4º y 5º de la Resolución del Poder Ejecutivo
de fecha 18 de mayo de 2007, por la que se declaró promovida la actividad
del proyecto de inversión de la empresa URUPANEL S.A., por el siguiente:
"4º.- Exonérase a la empresa URUPANEL S.A. del pago de los Impuestos a las
"Rentas de la Industria y Comercio y a las Rentas de las Actividades
Económicas por "UI 127.923.216, que será aplicable por un plazo de 15 años
a partir del ejercicio "comprendido entre el 1º/01/07 y el 31/12/07
inclusive o desde el ejercicio en que se "obtenga renta fiscal, siempre
que no hayan transcurrido cuatro ejercicios de la "declaratoria
promocional. En este caso, el referido plazo máximo se incrementará "en
cuatro años y se computará desde el ejercicio en que se haya dictado la
presente "declaratoria. Este beneficio se aplicará de acuerdo a lo
establecido en el Art. 16 del "Decreto No. 455/007 de 26 de noviembre de
2007".