Autorízase a la empresa ALTENIX S.A. a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3º inciso f. del Decreto Nº 175/003,
exoneración del Impuesto al Valor Agregado y de la Contribución al
Financiamiento de la Seguridad Social a las importaciones de bienes de activo fijo destinados al equipamiento, cuyo listado obra anexo (*) a la
presente, por hasta un monto imponible de U$S 1.190.000 (dólares
americanos un millón ciento noventa mil).