Exonérase a la empresa FERVENZA EFFERRANDO NICOLAS EDUARDO, ORTIZ
VOLONTERIO MAURICIO Y OTROS, del pago de los Impuestos a las Rentas de la
Industria y Comercio y a las Rentas de las Actividades Económicas por UI
181.743, que será aplicable por un plazo de 4 años a partir del ejercicio
comprendido entre el 01/01/08 y el 31/12/08 inclusive o desde el ejercicio
en que se obtenga renta fiscal, siempre que no hayan transcurrido cuatro
ejercicios de la declaratoria promocional. En este caso, el referido plazo
máximo se incrementará en cuatro años y se computará desde el ejercicio en
que se haya dictado la presente declaratoria. Este beneficio se aplicará
de acuerdo a lo establecido en el Art. 16 del Decreto Nº 455/007 de 26 de
noviembre de 2007.