DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. MINAS NEUMATICOS S.R.L.




Promulgación: 23/01/1990
Publicación: 23/03/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 50
    Visto: la solicitud de la firma Minas-Neumáticos S.R.L., tendiente a
que se le autorice a importar el equipamiento que detalla al amparo de la
resolución del Poder Ejecutivo del 16 de noviembre de 1988, por la cual
fuera declarada de Interés Nacional la actividad de su proyecto de
inversión.

    Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera que
puede accederse a lo solicitado en atención a que esta inversión adicional
es complementaria del proyecto anterior.

    Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y
el Centro Nacional de Política y Desarrollo Industrial, lo dictaminado por
la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía y lo
establecido por el decreto ley 14.178 de 28 de marzo de 1974,

                     El Presidente de la República

                               RESUELVE:

1

    Ampliáse la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 16 de noviembre de
1988, por la cual se declara de Interés Nacional la actividad del proyecto
de inversión presentado por la firma Minas-Neumáticos S.R.L.- en el
sentido de incluir el siguiente equipamiento:

- Un (1) equipo para recauchutaje compuesto de:
- una (1) raspadora semiautomática,
- una (1) examinadora,
- una (1) vulcanizadora,
- dos (2) matrices para vulcanizadora,
- un (1) anel expansivo y dos (2) aros 24125, dentro del listado de
equipamiento exonerado en su numeral 2º y declarado "no competitivo
nacional".

2

   Otórgase a la firma Minas-Neumáticos S.R.L. siempre que se transforme
en sociedad por acciones (artículo 10 decreto ley 14.178) la exoneración
prevista en el artículo 1 del decreto ley 15.548 del 17 de mayo de 1984
hasta un monto máximo generador de dicha exoneración, de U$S 20.750 que
será aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos entre el: 1/5/989-
30/4/990.

    En virtud del artículo 3 del decreto ley 15.548, la empresa Minas-
Neumáticos S.R.L., no gozará del beneficio de Canalización del Ahorro
previsto en el decreto ley 14.178, artículo 9.

    La empresa Minas-Neumáticos S.R.L. tendrá un plazo máximo para
realizar las modificaciones estatutarias y trámites judiciales que sean
necesarios ampliando el capital autorizado y emitir las acciones
correspondientes al capital integrado, de acuerdo al Inciso 1º del
presente numeral, hasta el día 30/4/991.

3

    El aumento de capital de la empresa Minas-Neumáticos S.R.L. hasta un
incremento equivalente a U$ 20.750 estará exonerado del impuesto de
contralor creado por el artículo 69 de la ley 15.767, siempre que el hecho
generador del tributo se cumpla antes del 31/8/990.

4

    Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - LUIS BARRIOS TASSANO - HUMBERTO CAPOTE
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