Fecha de Publicación: 21/09/1992
Página: 389-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

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   Dicho Monumento queda afectado por las siguientes servidumbres:

   a) Prohibición de realizar cualquier modificación o intervención que
altere su integridad, sin previo consentimiento de la Comisión; b) Prohibición de destinar el Monumento Histórico a usos incompatibles con
las finalidades de la Ley 14.040; c) Obligación del propietario del
inmueble de facilitar el ingreso de los Miembros o Técnicos de la
Comisión o a las personas que ésta designó para la realización de tareas
o visitas a los Monumentos; d) Prohibición de realizar obras o intervenciones en el entorno de los bloques con pinturas en un radio de
80 metros.
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