Resolución 574/006
Autorízase a la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y
Portland a contratar directamente con PETROBRAS Uruguay Servicios y
Operaciones S.A., en los términos y condiciones contenidas en el Convenio
para la realización de trabajos de búsqueda de hidrocarburos en el
Uruguay.
(1.242*R)
ACLARACION: El siguiente documento fue publicado el día 30 de agosto de
2006 en Diario Oficial N° 27.066 con omisiones, en su Anexo D, imputables
al original. Se procede a publicarlo nuevamente en forma correcta.
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Montevideo, 21 de Agosto de 2006
VISTO: la gestión realizada por la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP) en la que solicita la aprobación
de un Convenio entre dicha Administración y PETROBRAS Uruguay Servicios y
Operaciones S.A. para la realización de trabajos de búsqueda de
hidrocarburos en el Uruguay.
RESULTANDO: I) que el citado Convenio tiene por objetivo general llevar a
cabo un estudio regional, integrando datos de sísmica y pozos, con vistas
al montaje de un sistema estratigráfico y estructural, para la
caracterización de los estilos estructurales y estratigráficos por
secuencia.
II) que PETROBRAS Uruguay Servicios y Operaciones S.A. aplicaría a
nuestras cuencas sedimentarias del "Offshore" (Cuencas de Pelotas y Punta
del Este) los procedimientos y técnicas aplicadas en su sector de la
Cuenca de Pelotas, adecuándolos a la información disponible y a las
características específicas de nuestras cuencas, posibilitando la
integración regional de las mismas; estudios que serían realizados sin
contraprestación pecuniaria por parte de la Administración Nacional de
Combustibles Alcohol y Portland.
CONSIDERANDO: I) que conforme lo dispuesto en los Decretos - Leyes Nos.
14.181 de 29 de marzo de 1974 y 15.242 de 8 de enero de 1982, compete al
Poder Ejecutivo la definición de la política relativa a fuentes de
energía y especialmente lo relativo al mejor aprovechamiento de los
recursos provenientes de los depósitos de hidrocarburos.
II) que de acuerdo con la normativa citada, la Administración Nacional de
Combustibles Alcohol y Portland es el Ente competente para ejecutar todas
las actividades, negocios y operaciones de la industria de hidrocarburos,
no obstante lo cual le compete al Poder Ejecutivo el otorgamiento de la
autorización para una contratación directa en esta materia; así como para
la aprobación de los contratos a suscribirse.
ATENTO: a lo dispuesto en el art. 5 de la ley Nº 14.181 de 29 de marzo de
1974, y artículos 66 y siguientes de la ley Nº 15.242 de 8 de enero de
1982 y concordantes.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Autorizar a la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y
Portland a contratar directamente con PETROBRAS Uruguay Servicios y
Operaciones S.A., en los términos y condiciones contenidas en el Convenio
para la realización de trabajos de búsqueda de hidrocarburos en el
Uruguay que forma parte del presente.