Fecha de Publicación: 01/12/2006
Página: 551-A
Carilla: 23

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Resolución 574/006

Autorízase a la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y 
Portland a contratar directamente con PETROBRAS Uruguay Servicios y 
Operaciones S.A., en los términos y condiciones contenidas en el Convenio
para la realización de trabajos de búsqueda de hidrocarburos en el 
Uruguay.
(1.242*R)

ACLARACION: El siguiente documento fue publicado el día 30 de agosto de 
2006 en Diario Oficial N° 27.066 con omisiones, en su Anexo D, imputables 
al original. Se procede a publicarlo nuevamente en forma correcta.

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

                                         Montevideo, 21 de Agosto de 2006

VISTO: la gestión realizada por la Administración Nacional de 
Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP) en la que solicita la aprobación 
de un Convenio entre dicha Administración y PETROBRAS Uruguay Servicios y 
Operaciones S.A. para la realización de trabajos de búsqueda de 
hidrocarburos en el Uruguay.

RESULTANDO: I) que el citado Convenio tiene por objetivo general llevar a 
cabo un estudio regional, integrando datos de sísmica y pozos, con vistas 
al montaje de un sistema estratigráfico y estructural, para la 
caracterización de los estilos estructurales y estratigráficos por 
secuencia.

II) que PETROBRAS Uruguay Servicios y Operaciones S.A. aplicaría a 
nuestras cuencas sedimentarias del "Offshore" (Cuencas de Pelotas y Punta
del Este) los procedimientos y técnicas aplicadas en su sector de la 
Cuenca de Pelotas, adecuándolos a la información disponible y a las 
características específicas de nuestras cuencas, posibilitando la 
integración regional de las mismas; estudios que serían realizados sin 
contraprestación pecuniaria por parte de la Administración Nacional de 
Combustibles Alcohol y Portland.

CONSIDERANDO: I) que conforme lo dispuesto en los Decretos - Leyes Nos. 
14.181 de 29 de marzo de 1974 y 15.242 de 8 de enero de 1982, compete al 
Poder Ejecutivo la definición de la política relativa a fuentes de 
energía y especialmente lo relativo al mejor aprovechamiento de los 
recursos provenientes de los depósitos de hidrocarburos.

II) que de acuerdo con la normativa citada, la Administración Nacional de 
Combustibles Alcohol y Portland es el Ente competente para ejecutar todas 
las actividades, negocios y operaciones de la industria de hidrocarburos, 
no obstante lo cual le compete al Poder Ejecutivo el otorgamiento de la 
autorización para una contratación directa en esta materia; así como para 
la aprobación de los contratos a suscribirse.

ATENTO: a lo dispuesto en el art. 5 de la ley Nº 14.181 de 29 de marzo de 
1974, y artículos 66 y siguientes de la ley Nº 15.242 de 8 de enero de 
1982 y concordantes.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorizar a la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y 
Portland a contratar directamente con PETROBRAS Uruguay Servicios y 
Operaciones S.A., en los términos y condiciones contenidas en el Convenio
para la realización de trabajos de búsqueda de hidrocarburos en el
Uruguay que forma parte del presente.


		
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