Fecha de Publicación: 17/11/1986
Página: 218-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

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   Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas
vigentes emanadas de las autoridades competentes en la implantación,
ejecución y funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento
podrá cuando a ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a
petición de parte, la revocación de la declaración de Interés Nacional,
de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley 14.178
de Promoción Industrial y demás disposiciones concordantes o que se
establezcan.
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