Fecha de Publicación: 26/06/2008
Página: 622-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

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 A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales dispuestos
precedentemente, la Dirección de Industrias del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, certificará a los organismos competentes la pertinencia
de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto declarado
promovido.
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