Resolución 191/010
Revócanse los permisos operativos otorgados a la empresa de bandera
nacional LINEAS AEREAS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA (LAPSA), otorgados por
la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica 059/007.
(499*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Montevideo, 26 de Febrero de 2010
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica, por la cual solicita dejar sin efecto los
permisos de operación que fueran oportunamente autorizados a la empresa
LINEAS AEREAS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA (LAPSA).
RESULTANDO: I) que por la Resolución expresada 059/007 de la citada
Dirección Nacional de 28 de febrero de 2007, se le autorizó a dicha
empresa a operar servicios de transporte aéreo público internacional no
regular y regular de pasajeros, correo y carga entre Colonia-Buenos
Aires-Colonia con hasta 28 frecuencias semanales y Salto-Buenos
Aires-Salto con hasta 14 frecuencias semanales en ejercicio de tercera y
cuarta libertad del aire.
II) que por la Resolución 397/007 de 22 de noviembre de 2007 de la
Dirección Nacional citada se concedió a la empresa LINEAS AEREAS PLATENSES
SOCIEDAD ANONIMA (LAPSA), autorización para operar servicios de transporte
aéreo público no regular nacional e internacional de pasajeros, correo y
carga.
III) que por las Resoluciones citadas, se otorgaron los servicios
operativos al amparo de lo previsto por el artículo 15 bis del Decreto
39/977 de 25 de enero de 1977, ya que se entendió que existían en el
momento las circunstancias de hecho que justificaban la utilización de la
referida norma.
IV) que por la Resolución 207/008 de 22 de mayo de 2008 se prorrogó por
180 días la autorización provisoria conferida.
CONSIDERANDO: I) que el plazo oportunamente otorgado para el inicio de
operaciones ha vencido sin que la autorizada hubiera cumplido la
obligación asumida en cuanto a comenzar a operar, por lo que corresponde
revocar las autorizaciones.
II) que en forma previa al acto de revocación se confirió la vista de
estilo a la empresa LINEAS AEREAS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA (LAPSA), no
habiendo sido evacuada en tiempo y forma.
III) lo previsto por el artículo 121 del Código Aeronáutico y literales B)
e I) del artículo 30 del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
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Revócanse los permisos operativos otorgados a la empresa de bandera
nacional LINEAS AEREAS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA (LAPSA), otorgados por
las Resoluciones de la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica 059/007 de 28 de febrero de 2007 y 397/007 de
22 de noviembre de 2007.