Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese. SANGUINETTI - RAUL ITURRIA - LUCIO
CACERES.
Resolución Nº 127/95
Dirección General de Aviación Civil
Montevideo, 4 de octubre de 1995
Visto: La solicitud de la empresa P.L.U.N.A. (Primeras Líneas
Uruguayas de Navegación Aérea) para operar una segunda frecuencia en la
ruta Montevideo - Asunción del Paraguay - Montevideo a partir del 15 de
octubre de 1995 con equipo Boeing 737-200.
Resultando: I) Que la operación de la segunda frecuencia está prevista
en el Acta de la Reunión de Consulta de las Autoridades Aeronáuticas
realizadas con la República del Paraguay.
II) Que se da la situación de urgencia prevista en el artículo 2º del
Decreto del Poder Ejecutivo 1124 de 4 de junio de 1941.
Atento: A lo dispuesto en el artículo 106 del Código Aeronáutico y a
los informes que anteceden.
El Director General de Aviación Civil
RESUELVE:
1º.- Autorízase a la empresa, P.L.U.N.A. (Primeras Líneas Uruguayas de
Navegación Aérea), en los términos del artículo 2º del Decreto del Poder
Ejecutivo 1124 de 4 de junio de 1941 la realización de una segunda
frecuencia en la ruta Montevideo - Asunción del Paraguay - Montevideo que
será operada con equipo Boeing 737-200 a partir del 15 de octubre de
1995.
2º.- Notifíquese y tomen conocimiento la División Transporte Aéreo
Comercial. Hecho, vuelva a la Asesoría Letrada. El Director General de
Aviación Civil, Cnel. (Av.) JORGE M. R. MENDEZ.