La contratación proyectada asciende al monto de hasta $ 127.182.111 (pesos uruguayos ciento veintisiete millones ciento ochenta y dos mil ciento once) los que se harán efectivos en seis partidas de la siguiente forma: la primer partida por la suma de hasta $ 44.513.738 (pesos uruguayos cuarenta y cuatro millones quinientos trece mil setecientos treinta y ocho), la cual representa el 35% del monto total, pagadera dentro de los 30 días de la ejecución. La segunda, tercera y cuarta partida por la suma de hasta $ 19.077.317 (pesos uruguayos diecinueve millones setenta y siete mil trescientos diecisiete), las que representan el 15% del monto total, cada una, respectivamente pagaderas de la siguiente manera, la segunda partida, al cuarto mes, la tercer partida, al sexto mes y la cuarta partida, al octavo mes. La quinta y sexta partida por la suma de hasta $ 12.718.211 (pesos uruguayos doce millones setecientos dieciocho mil doscientos once) las que representan el 10% del monto total cada una, respectivamente, pagaderas de la siguiente manera: la quinta partida al décimo mes, y la sexta al finalizar el Convenio. La segunda y restantes partidas se abonarán previa presentación de los informes de rendición de cuentas en el Sistema Odoo. Los valores expresados se encuentras actualizados a julio de 2024. Con respecto a los reajustes se establece que: a) los montos transferidos para abonar los rubros de naturaleza salarial deberán ajustarse en la misma oportunidad y de conformidad al Grupo de los Consejos de Salarios correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1° de la Ley N° 18.098 de 12 de enero de 2007 y b) los montos transferidos para abonar otros gastos se ajustarán semestralmente por el IPC en las mismas oportunidades que los ajustes salariales.