OTORGAMIENTO DE PERMISO DE OCUPACION DE LA FRACCION DEL ALVEO DEL ARROYO LAS VIBORAS




Promulgación: 25/06/2025
Publicación: 01/07/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   DRAGADO
   Otórgase a GREENFIX S.A., un permiso precario y revocable para efectuar el dragado de mantenimiento de la dársena y acceso al Río de la Plata a través del Arroyo Las Víboras, en un plazo no menor a 2 (dos) meses antes del inicio previsto de cualquier obra de dragado involucrada en este emprendimiento, el Permisario deberá presentar ante la Administración para su aprobación, el proyecto de dragado correspondiente y su cronograma de ejecución, la eventual aprobación por parte de la Administración no libera de responsabilidad al Permisario, quien será el único responsable frente a la Administración y a terceros por cualquier circunstancia que se derive de este proyecto, el proyecto deberá incluir entre otros datos que la Administración oportunamente podrá exigir: definición exacta del área de dragado y vertido, batimetría actualizada del área a dragar, geometría proyectada de las áreas a dragar, detalle de los volúmenes a dragar por tipo de suelo, procedimiento de apertura, equipamiento a utilizar, disposición y emplazamiento del mismo en el área de obras, señalización y medidas para con la navegación previstas para el área de obras (fase de construcción y operación), plan de mantenimiento, una vez que el proyecto de dragado cuente con la conformidad de los Organismos competentes en el tema, y previo al inicio de los trabajos correspondientes, el Permisario deberá coordinar su ejecución con la Administración.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 4.
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