PRORROGA DE LAS RESOLUCIONES DEL MTOP, RELATIVAS AL AFORO DE VEHICULOS DE TRANSPORTE REGULAR DE PASAJEROS INTERDEPARTAMENTALES DE CORTA, MEDIA Y LARGA DISTANCIA, Y DE VEHICULOS DE TRANSPORTE NO REGULAR COLECTIVO DE PASAJEROS (OCASIONALES) POR CARRETERA




Promulgación: 11/01/2021
Publicación: 15/01/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Prorrógase hasta el 17 de enero de 2021 inclusive, la Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas de fecha 5 de enero de 2021, por la cual se dispuso que los vehículos de transporte no regular colectivo de pasajeros (ocasionales) por carretera que operan bajo la jurisdicción del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de carácter oneroso o gratuito, que atiendan demandas de transporte turístico, para traslados o excursiones relacionados con actividades recreativas, culturales, de ocio u otros motivos similares, con una capacidad mayor a 18 asientos, tendrán un aforo máximo permitido del 50% (cincuenta por ciento) de su capacidad de asientos.
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