DETERMINACION QUE LOS VEHICULOS DE TRANSPORTE REGULAR DE PASAJEROS INTERDEPARTAMENTALES TENDRAN UN AFORO MAXIMO PERMITIDO DEL 50% DE SU CAPACIDAD DE ASIENTOS
Publíquese en el Diario Oficial y en dos diarios de circulación nacional, y en la página web del MTOP. Comuníquese a la Dirección Nacional de Transporte, a las agremiaciones que nuclean a las empresas de transporte de pasajeros y a las empresas no agremiadas.