DETERMINACION QUE LOS VEHICULOS DE TRANSPORTE REGULAR DE PASAJEROS INTERDEPARTAMENTALES TENDRAN UN AFORO MAXIMO PERMITIDO DEL 50% DE SU CAPACIDAD DE ASIENTOS




Promulgación: 18/12/2020
Publicación: 23/12/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver vigencia:
      Resolución MTOP S/N de 01/02/2021 numeral 1,
      Resolución MTOP S/N de 15/01/2021 numeral 1,
      Resolución MTOP S/N de 11/01/2021 numeral 1.
Referencias a toda la norma

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   Las empresas de transporte interdepartamentales regular de pasajeros que no cumplan con las presentes disposiciones, serán pasibles de las sanciones previstas en el Reglamento de Infracciones y Sanciones por transgresión de las normas que regulan el Transporte Colectivo de Pasajeros aprobado a través del Decreto 103/010 de fecha 24 de marzo de 2010.
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