La planta física de la sede secundaria deberá disponer de áreas
destinadas a los siguientes servicios:
a) Consultorios adecuados para la prestación de la atención a que refiere
el numeral 3º. Como mínimo deberá contar con un consultorio de
orientación gineco-quirúrgica, uno de orientación médica y uno para
urgencia y emergencia;
b) Local para la atención de enfermería,
c) Registros médicos,
d) Sala de espera,
e) Administración,
f) Baños
En caso que la sede secundaria despachara medicamentos a sus afiliados,
deberá poseer un área destinada a ese fin.