Fecha de Publicación: 11/10/2016
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Carilla: 13

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

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   Conforme a lo dispuesto en los artículos 77 y 80 del Decreto N°
   500/991, del 27 de setiembre de 1991, declárase la confidencialidad de
   las actuaciones que surjan del presente procedimiento, sin perjuicio
   de lo previsto en el artículo 78 del Decreto N° 500/991. El
   tratamiento de la información contenida en los expedientes
   administrativos se hará de acuerdo a lo establecido en la Ley N°
   18.381 y Decreto N° 232/010, del 2 de agosto de 2010.
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