Fecha de Publicación: 03/04/2001
Página: 18-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

2

 Déjase sin efecto el inciso 1º del artículo 16, el que mantendrá la 
siguiente redacción:

"16-

En el contenido del contrato deberá establecerse el área determinada en 
que se prestará el Servicio Médico."
Ayuda