VISTO: el Decreto No 133/013, de 2 de mayo de 2013.
RESULTANDO: I) que dicho Decreto promueve la celebración de contratos
especiales de compraventa de energía entre la Administración Nacional de
Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) y proveedores que produzcan energía
eléctrica de fuente solar fotovoltaica en el territorio nacional;
II) que establece asimismo que cada oferta deberá explicitar el porcentaje
de los insumos nacionales incorporados en los componentes de la inversión
inicial;
III) que encomienda al Ministerio de Industria, Energía y Minería,
establecer los criterios de evaluación del componente nacional de
inversión que utilizará la Cámara de Industrias del Uruguay, para la
convocatoria respectiva.
CONSIDERANDO: que la metodología a utilizar será relevante para la
elaboración de las ofertas a presentarse a la Administración Nacional de
Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE);
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Dirección
Nacional de Energía y la Dirección Nacional de Industrias;
EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE
1
Aprobar la Metodología para la Evaluación del Componente Nacional de la
Inversión que figura en el Anexo adjunto (*) y que forma parte integrante de la presenta resolución, a aplicar en los procedimientos de contratación
que realice la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas
(UTE), al amparo del Decreto N° 133/013, de 2 de mayo de 2013.