IMPORTACION DE AZUCAR REFINADO. CERTIFICADO DE NECESIDAD




Promulgación: 14/08/2006
Publicación: 21/08/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 321
Derogada/o por: Decreto Nº 284/011 Derogada/o de 10/08/2011 artículo 22.
VISTO: el Decreto Nº 57/006 de 1º de marzo de 2006, que fijó la Tasa
Arancelaria para la importación de azúcar;

RESULTANDO: que en los artículos 3º y 4º de la citada norma se regula la
expedición de "certificados de necesidad" por parte de esta Secretaría de
Estado;

CONSIDERANDO: I) que a tales efectos es necesario mejorar los mecanismos
de control técnico y administrativo previstos en la Resolución
Ministerial de fecha 17 de marzo de 2006, a fin de regular las
importaciones de azúcar refinado con destino industrial;

II) lo precedentemente expuesto y lo previsto en el artículo 181 de la
Constitución de la República;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

                                RESUELVE:

1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Resolución MIEM S/N de 14/08/2006 numeral 1.

JORGE LEPRA
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