Cométese al Laboratorio Tecnológico del Uruguay (en adelante LATU) a
realizar los siguientes controles y tareas:
A) Verificar y controlar el uso industrial del azúcar afectado al
presente régimen.
B) Verificar que el precio pagado por el usuario del azúcar
comprendida en el presente régimen sea menor al precio al que la
ofrecen los fabricantes nacionales de azúcar bajo las mismas
condiciones y calidades.
C) Generar información relativa a la operativa del presente régimen y
comunicarla a la DNI, a la Cámara Industrial de Alimentos
Envasados y a los fabricantes nacionales de azúcar.