COMERCIO EXTERIOR. EXPORTACIONES




Promulgación: 16/03/1984
Publicación: 10/04/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 478
Referencias a toda la norma

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  Déjanse sin efecto la relación peso por pie cuadrado para los cueros
ovinos mencionados en las tablas de conversión a que se refieren las
resoluciones de 7 y 8 de noviembre de 1979.

 Las relaciones a aplicar serán las siguientes:

 - cuero para vestimenta: 0,080 Kg. por pie cuadrado;
 - cuero para calzado curtido al cromo: 0,050 Kg. por pie cuadrado;
 - cuero para calzado curtido vegetal: 0,070 Kg. por pie cuadrado.
 
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