INSTRUMENTACION DE LA FORMA, CONDICIONES Y OPORTUNIDADES PARA LA FINANCIACION DEL PAGO DE LA TASA DE REGISTRO Y CONTROL PERMAMENTE DE PRODUCTOS VETERINARIOS




Promulgación: 24/04/2018
Publicación: 30/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   La primera cuota deberá abonarse al momento de la suscripción del convenio de pago y las subsiguientes, dentro de los primeros 10 días de cada mes. Las cuotas podrán ser abonadas en efectivo o mediante depósito en la Cuenta Corriente Oficial del Banco de la República Oriental del Uruguay: "M.G.A.P.- DI.LA.VE.- PROVENTOS, BROU-Agencia Punta de Rieles, N° 195/000-3760 en moneda nacional".
   En caso de optar por pago mediante depósito, las deudas se tendrán por canceladas cuando se presenten los recibos correspondientes en Área Financiero Contable de la Dirección General de Servicios Ganaderos: personalmente, o mediante Fax: 2 222 10 63 interno 164 (o al teléfono 2 220 4000, internos 150133/134/145) o vía correo electrónico indicado en el numeral precedente.
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