CREACION DE UN REGISTRO CON CARACTER OBLIGATORIO, HABILITACION Y CONTROL HIGIENICO SANITARIO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A LA APICULTURA




Promulgación: 14/04/2016
Publicación: 26/04/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

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   La Dirección General de Servicios Ganaderos y la Dirección General de la Granja, en el ámbito de sus competencias, inspeccionarán periódicamente, los establecimientos indicados en el numeral 1°) de la presente resolución, a fin de verificar su cumplimiento.
   A dichos efectos, los funcionarios inspectivos tendrán libre acceso a las instalaciones de los establecimientos y documentación correspondiente. También estarán facultados para extraer muestras del producto, cuando lo consideren pertinente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 13 (vigencia).
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