OBLIGACION DE DECLARACION JURADA MENSUAL PARA PLANTAS ELABORADORAS DE PRODUCTOS PORCINOS




Promulgación: 17/12/2007
Publicación: 08/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1473

2

 Las declaraciones juradas deberán presentarse el segundo lunes de cada
mes, en el Servicio de Inspección Veterinaria Oficial de la División
Industria Animal destacada en cada planta, en los formularios
proporcionados oportunamente por dicho Servicio.
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