Los servicios pertenecientes a las Unidades Ejecutoras que deberán
aplicar el precinto, adoptarán la modalidad inherente a la imputación de
sus cometidos legales, emitiendo el pase, constancia, certificado u otro
documento de registro con la constancia del precinto. El registro del
precinto se realizará en el certificado original y copias, con letra y
número, firma y contrafirma del funcionario interviniente.