APROBACION DEL REGLAMENTO DE EVALUACION DE DESEMPEÑO PARA ENCARGADOS DE DEPARTAMENTO Y SECCION DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA




Promulgación: 23/10/2013
Publicación: 14/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1628
VISTO: lo establecido por el artículo 298 de la Ley N° 18.719, de 27 de
diciembre de 2010.

RESULTANDO: I) que el mismo establece un sistema de Evaluación del
Desempeño para las funciones de Encargatura de Departamento y Sección en
la Unidad Ejecutora 005 "Dirección General Impositiva" del Inciso 05 del
Ministerio de Economía y Finanzas, resultando necesario proceder a la
reglamentación de dicho sistema.

II) que el desempeño de los Encargados de Departamento y Sección será
evaluado por Tribunal Asesor.

CONSIDERANDO: I) que el mencionado sistema de Evaluación de Desempeño,
debe poseer los siguientes objetivos: alinear los comportamientos de los
evaluados con los objetivos organizacionales; facilitar la
retroalimentación oportuna; potenciar el desarrollo de las competencias y
logro de objetivos propuestos; identificar las necesidades de desarrollo
y/o capacitación; brindar elementos para tomar decisiones acerca de la
potencial renovación en la Función de Encargado de Departamento y/o
Sección y contribuir al cambio cultural dentro del organismo.

II) que el alcance de esta política de evaluación del desempeño debe
abarcar a todos los Encargados de Departamento como Sección de la
Dirección General Impositiva.

III) que a los efectos mencionados, el artículo 298 citado, dispone la
realización de una evaluación anual, revocándose la Encargatura en forma
automática en caso de resultar inferior al 70% del puntaje a otorgar en la
calificación, y que cada tres años se realizará una evaluación del
trienio, que se hará promediando los puntajes anuales, la cual no podrá
ser inferior al 80% del puntaje total. De serlo se procederá a la
revocación de la Encargatura, salvo las excepciones que contemple la
reglamentación.

IV) que el método de evaluación desagregado por objetivos o metas y
competencias, permiten obtener una evaluación más objetiva del encargado.

V) que asimismo, el artículo 298 de la Ley N° 18.719 establece que al
finalizar el primer año se deberá efectuar una evaluación a fin de
determinar si el funcionario reúne las competencias requeridas para la
función.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 168,
numeral 4° de la Constitución de la República y al artículo 298 de la Ley
N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010,

                    EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

 Apruébese el Reglamento de Evaluación de Desempeño para Encargados de
Departamento y Sección de la Dirección General Impositiva, que forma parte
de la presente Resolución.(*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

2

 Pase a la Dirección General Impositiva para su comunicación y demás
efectos. Publíquese en el Diario Oficial, en la web e intranet de la
Dirección General Impositiva. Cumplido, archívese.

FERNANDO LORENZO
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