Dentro de los diez (10) días de publicada la presente resolución en 2
(dos) diarios de la capital, quienes tengan existencia de plaguicida a
base de Hexaclorociclohexano de empleo en sanidad animal y vegetal deberán
efectuar ante la Dirección de Sanidad Animal (Colonia 892) y Dirección de
Sanidad Vegetal (Avenida Millán 4703), según corresponda, las siguientes
declaraciones juradas de:
a) Productos terminados:
1) Nombre.
2) Nº de registro.
3) Destino.
4) Cantidad existente en litros o kilogramos.
5) Cantidad de envases vacíos y etiquetas.
b) Materias primas:
1) Nombre.
2) Cantidad y
3) Destino.