APROBACION DEL PLAN DE MANEJO DEL PARQUE NACIONAL SAN MIGUEL, INCORPORADO AL SISTEMA NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR DECRETO N° 54/010




Promulgación: 30/09/2021
Publicación: 04/11/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

PLAN DE MANEJO DEL PARQUE NACIONAL SAN MIGUEL
CAPITULO II (ZONIFICACION)

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   (Zonificación). Establécese la siguiente zonificación para el Parque Nacional San Miguel:
   2.1. (Zona de intervención mínima). La zona de intervención mínima es aquella dirigida a conservar con el mayor grado de naturalidad los objetos de conservación. Comprende todos los sectores excluidos del pastoreo, incluyendo el bosque serrano, el humedal, el pastizal, los tres cerros y las zonas frágiles con evidencia de erosión.
   Esta zona comprende parte de los padrones N° 7.771, 2.802, 2.742 y 2.741, de la 5ª Sección Catastral del departamento de Rocha.
   2.2. (Zona de intervención baja). La zona de intervención baja es aquella dirigida a que los procesos ecológicos se mantengan con la presencia de actividades humanas de bajo alcance, baja severidad y baja irreversibilidad.
   Esta zona comprende al Arroyo San Miguel, en el tramo que se ubica dentro del área protegida, así como a la totalidad del padrón N° 6.962 y parte de los padrones N° 7.771, 2.802, 2.742 y 2.741, de la 5ª Sección Catastral del departamento de Rocha.
   2.3. (Zona de intervención alta). La zona de intervención alta es aquella en la que se realizan las actividades de soporte para la gestión del área, junto con las actividades productivas.
   Comprende la totalidad de los padrones N° 42.784, 5.630, 2.743, 2.737, 5.085 y 8.102 de la 5ª Sección Catastral del departamento de Rocha, así como a los caminos y trillos transitables con vehículos motorizados.

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