FIJACION DE LOS VALORES FICTOS AL REGIMEN DE PERCEPCION DEL IVA, PARA LA VENTA AL PUBLICO DE CARNES Y MENUDENCIAS. ENERO 2020




Promulgación: 30/12/2019
Publicación: 31/12/2019
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la Resolución de la Dirección General Impositiva N° 451/1985 de 28 de agosto de 1985.

   RESULTANDO: que se cuenta con la información necesaria proporcionada por el Instituto Nacional de Carnes (INAC), para fijar nuevos valores a efectos de la percepción del Impuesto al Valor Agregado por la venta al público de carnes y menudencias, así como el Impuesto al Valor Agregado que deben tributar quienes vendan al público el producido de la faena por ellos realizada de animales de su propiedad.

   CONSIDERANDO: necesario comunicar los valores a efectos de la aplicación de la Resolución referida en el Visto.

   ATENTO: a lo expuesto;

 EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA EN EJERCICIO DE
                           LA DIRECCIÓN GENERAL

                                RESUELVE:

1

   Para practicar la percepción a que refiere el numeral 1°) de la
   Resolución de la Dirección General Impositiva N° 451/1985 de 28 de
   agosto de 1985, fíjanse los siguientes precios fictos por Kilo de
   venta al público sin Impuesto al Valor Agregado:

   Media Res            $ 215,93 
   Cuarto Delantero     $ 183,54 
   Cuarto Trasero       $ 248,32

   Álvaro Romano
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