AUTORIZACION DE LA CESION DE CERTIFICADOS DE CREDITO EMITIDOS PARA LA CANCELACION DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS Y SE ESTABLECE UN MECANISMO SIMPLIFICADO A ESOS EFECTOS




Promulgación: 08/09/2020
Publicación: 09/09/2020
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 244/020 de 2 de setiembre de 2020.

   RESULTANDO: que el mencionado decreto establece que la Dirección General Impositiva podrá autorizar la cesión de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias de los productores agropecuarios, a favor de determinados sujetos pasivos, en tanto el crédito se hubiera generado hasta el 30 de junio de 2020 inclusive.

   CONSIDERANDO: conveniente autorizar la cesión de los referidos certificados, así como establecer un mecanismo simplificado a los efectos de materializar la misma dentro del plazo previsto en el citado decreto.

   ATENTO: a lo expuesto;

                      LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

1

  Los productores agropecuarios que dispongan de certificados de
  crédito tipo A en moneda nacional, originados en la actividad
  agropecuaria, por créditos generados hasta el 30 de junio de 2020
  inclusive, podrán cederlos a los siguientes proveedores de bienes y
  servicios:

        a) Bancos;
        b) Entes Autónomos y Servicios Descentralizados;
        c) Empresas Aseguradoras.

   La referida cesión se materializará a través de la sustitución de
   dichos certificados por certificados de crédito tipo C para uso
   exclusivo con los referidos proveedores.

   El monto máximo a ceder por productor agropecuario no podrá superar
   los $ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos).

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 2.

2

   El plazo para presentarse a tramitar la cesión de los certificados a
   que refiere el numeral anterior vencerá el 28 de febrero de 2021.

3

    Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web.
    Cumplido, archívese.

   Margarita Faral
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