MODIFICACION DE LA RESOLUCION 2.062/008, POR LA CUAL SE EXTIENDEN LOS CRITERIOS DE LIQUIDACION DEL IRAE E IMPUESTO AL PATRIMONIO




Promulgación: 07/09/2021
Publicación: 08/09/2021
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Sustitúyese el numeral 4° de la Resolución N° 2062/2008 de 19 de
   diciembre de 2008, por el siguiente:

   "4°) Transición.- Por las actividades no agropecuarias, los
   contribuyentes que hayan realizado sus liquidaciones de impuestos
   conforme a lo dispuesto en el numeral 1°), deberán efectuar un cierre
   de ejercicio fiscal al 30 de junio de 2022, para cada una de sus
   actividades, liquidando los impuestos correspondientes.  

   En los casos en que la DGI haya autorizado una fecha de cierre de
   ejercicio diferente al 30 de junio, el cierre de ejercicio fiscal para
   cada una de sus actividades se realizará a dicha fecha".
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