Fecha de Publicación: 28/09/2020
Página: 32
Carilla: 32

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

7

    En los casos no contemplados en la presente resolución, el
    contribuyente estimará los valores respectivos, pudiendo ser
    impugnados por la Dirección General Impositiva.
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